Desde Chile
23/Marzo/2013
Chile: Juicio Al Golpe
Eduardo Contreras
Nada dijo la prensa escrita en el
país. Los demás medios de comunicación del país, salvo honrosas
excepciones, tampoco informaron en Chile
que el 14 de diciembre pasado las más importantes organizaciones nacionales de derechos humanos, la AFDD y la AFEP, que
agrupan a los familiares de detenidos desaparecidos y de ejecutados políticos
respectivamente, presentaron una querella criminal en contra de quienes
aparezcan responsables de la perpetración del delito que implica el golpe de
Estado de 1973. La patrocinamos junto al abogado y académico Alfonso Insunza.
La prensa internacional en
cambio, incluidos medios conservadores como el ABC de España, informaron
fluidamente. De hecho, en su breve paso por nuestro país, el ex juez español
Baltasar Garzón destacó su mérito jurídico
e hizo expresa su solidaridad con esa acción penal.
La figura criminal tipificada en
nuestro Código Penal es el alzamiento armado contra un gobierno constitucional
para impedir la continuidad de sus funciones y la de otros órganos del Estado,
como el Parlamento. Es decir, exactamente lo ocurrido en Chile.
De lo que se trata es de
investigar y establecer quienes participaron en la preparación, organización,
instigación, apoyo material y político y posterior materialización del golpe y,
si hay prueba suficiente, aplicar las penas correspondientes que oscilan entre
los 5 y los 20 años de cárcel efectiva.
¿Puede haber algo más legítimo y
más necesario que instar al indispensable esclarecimiento de la verdad y el
castigo a los culpables habida cuenta
del genocidio llevado a cabo a partir del mismo 11 de septiembre? No hay
tragedia mayor en nuestra historia y el solo intento de acallarla o de esconder
los nombres de los autores materiales o intelectuales, de los instigadores y
autores mediatos, nos haría cómplices o
encubridores de esos abominables actos de terrorismo de Estado.
Cegado por su odio a la Revolución Cubana y con torcidos
propósitos, el diputado Coloma de la UDI dijo que en los tiempos modernos no es
aceptable que un Estado ampare el terrorismo y a los terroristas. En este caso
el político pinochetista pretendía con falsedades implicar a Cuba como refugio
de quienes hace años dieron muerte en Chile a Jaime Guzmán, ideólogo de la
dictadura. Sin embargo, ese mismo parlamentario, que fue figura destacada en el pasado reciente
cuando el homenaje de corte hitleriano a Pinochet en Chacarillas, no ha movido
un dedo para aportar a la investigación de los crímenes de la dictadura que con
tanto entusiasmo apoyó.
Volvamos a la querella. Se
encuentra hoy en manos del juez Mario Carroza. Digamos que es de su cometido
porque fue designado expresamente hace años por auto acordado de la Corte
Suprema para conocer de los delitos que importen violaciones a los derechos
humanos ; de allí emana su competencia judicial.
Sin embargo la querella
extrañamente tardó más de un mes en llegar desde la Corte de Apelaciones de Santiago, que es en
donde debía ingresarse, hasta las oficinas del magistrado ubicada a un par de
cuadras del lugar. Algo sucedió en el intertanto que no sucede con las otras
querellas. Todo indica que se trató de las curiosas singularidades que ocurren
en este país cuando algo puede alterar la paz de los que Andrés Allamand, hoy
candidato presidencial de RN, llamó en
su momento “los poderes fácticos”.
Hagamos un poco de historia para
situar la pertinencia de la querella: Por decreto ley nº 5 del 12 de septiembre
de 1973, es decir al día siguiente del golpe, Pinochet decretó el estado de
guerra interno en todo el país e hizo aplicable la legislación de tiempos de
guerra. Esta medida, copiada de igual resolución de la dictadura uruguaya de
pocos meses antes, fue adoptada - como en el caso original - para justificar
los fusilamientos sin juicio bajo la fachada de supuestos consejos de guerra
que la mayoría de las veces ni siquiera se llevaban a cabo o se hacían con posterioridad a la ejecución de las víctimas.
Pero, para lo que nos interesa
explicar, el punto es que, al hacer
aplicable la legislación de tiempos de guerra la dictadura hizo aplicables los
Convenios de Ginebra, que eran ya hacía tiempo ley chilena tras su
ratificación y aprobación a comienzos de la década de los años 50 del pasado
siglo y cuyo artículo 3º, común a los 4 Convenios, establece la
imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad. Es precisamente lo que ha
hecho posible los procesos en curso hoy en Chile por las violaciones
específicas, caso a caso, de los derechos humanos.
De tal suerte que aunque en
nuestro país lo que sucedió a partir del golpe fue una masacre, una matanza, un
genocidio contra un pueblo desarmado y no una guerra, sin embargo desde el
punto de vista jurídico y en mérito del DL citado, sí hubo, legalmente, estado
de guerra y por consiguiente los prisioneros fueron, técnicamente, todos ellos
prisioneros de guerra. Así lo ratificaron además diversos fallos de la
mismísima Corte Suprema de aquellos años que, avalando la acción de la
dictadura, sostenían invariablemente que en Chile estábamos en guerra.
Los asesores de Pinochet no
tuvieron suficientemente en cuenta el alcance jurídico futuro de la
implantación forzada de ese decreto ley, o tal vez pensaron que el fascismo
criollo sería eterno.
Y bien, los Convenios de Ginebra
se refieren a “prisioneros de guerra” y los nuestros, conforme lo explicado,
tuvieron esa calidad por lo que el asunto está definido y sancionado hace años.
De consiguiente, estos delitos y las respectivas acciones penales no
prescriben. El Estado no puede eludir sus responsabilidades, el juez es
competente y la acción no ha prescrito.
En cuanto a los ilícitos
tipificados en la ley penal, cabe recordar que los conjurados del 73 produjeron
efectivamente el quiebre constitucional, impidieron la continuidad del mandato
del presidente constitucional y de los demás órganos del Estado.
Sabemos además que no lo
hicieron solicitándolo respetuosamente,
sino con brutal violencia, entre otros actos bombardeando el palacio de La
Moneda. A este respecto, es preciso advertir que oficiales de la FACH,
dispuestos a declarar en el juicio, nos hacen saber que el bombardeo a La Moneda no fue un acto
casual, ni improvisado. Fue preparado minuciosamente con varios meses de
anticipación. En su momento, saltarán a la luz interesantes nombres de
personajes vinculados a ese operativo que es parte de los ilícitos denunciados
en la querella del 14 de diciembre pasado.
En cuanto al Parlamento, del que
el autor de esta nota formaba parte, no sólo se clausuró y cerró el Congreso
sino que además se ordenó “disolverlo”.
Son de sobra conocidos además los
delitos que los conjurados perpetraron con anterioridad, pero encaminados al objetivo golpista.
Algunos incluso juzgados en tribunales, como el asesinato del general Schneider
y la actividad criminal del grupo terrorista “Patria y Libertad” entre cuyos
fundadores figura el ideólogo de la dictadura Jaime Guzmán y que,
paradojalmente, tuvo como líder al actual Decano de Derecho de una Universidad,
el abogado Pablo Rodríguez. No por nada este individuo se asiló en la embajada
ecuatoriana a mediados del 73 cuando el frustrado golpe denominado “el tancazo”
del que su grupo era parte.
La querella no se dirige contra
ninguna persona en particular, pero aporta antecedentes calificados que han de
servir al juez para sus determinaciones. Se cita investigaciones periodísticas
valiosas por su rigurosidad y seriedad como es el caso del libro “La Conjura, los mil y un días
del golpe” de la periodista Mónica González, entre otros.
Pero la principal fuente es sin
duda el llamado “Informe Church” del Senado norteamericano, que es resultado de
la comisión investigadora presidida por el senador republicano por Idaho Franck Church dado a conocer el 18 de
diciembre de 1975 y que investigó la participación de la Casa Blanca, la CIA, las
Corporaciones Multinacionales y el Pentágono en las acciones encubiertas
realizadas en Chile entre 1963 y 1973. Se trata de documentos, testimonios y
declaraciones indubitables y es larga la lista de personajes chilenos
involucrados, entre militares, civiles,
empresarios, políticos y periodistas.
Por cierto Agustin Edwards, de El
Mercurio, la CIA y la Coca Cola, el citado Pablo Rodríguez, Onofre Jarpa, y
diversos líderes del sector más reaccionario de la Democracia Cristiana entre
ellos los ex presidentes Eduardo Frei Montalva y Patricio Aylwin.
¿Es posible imaginar que a 40
años desde el golpe se pueda juzgar legalmente tanto tiempo después a quienes
lo fraguaron y ejecutaron?
La respuesta es que el tiempo no
es una excusa que salve a los culpables cuando se trata de delitos de lesa
humanidad. Un ejemplo acaba de llegarnos desde España.
La Audiencia Provincial de
Barcelona aceptó a trámite la semana pasada una querella presentada por el
jurista italiano Newton Bozzi y el abogado catalán Jaume Asens para que se
castigue a los 21 pilotos de guerra fascistas italianos que entre el 16 y el 18
de marzo de 1938, hace 75 años, bombardearon la bella ciudad de Barcelona
causando un elevado número de víctimas.
¿Es posible considerar el
alzamiento armado contra un gobierno constitucional como delito de lesa
humanidad y por tanto imprescriptible? Por supuesto que sí, perfectamente, y es
más: hay un importante precedente. Se trata de la sentencia de la juez Mariana
Mota dictada en Montevideo con fecha 9 de febrero de 2010 que condena al ex
dictador uruguayo Juan María Bordaberry a 30 años de presidio efectivo por el
golpe en su país el mismo año 1973.
Se trata de situaciones similares
y con fundamentos que igualmente existen en el caso chileno, por lo que podemos
sostener sin equivocarnos que es procedente en nuestro caso que se juzgue a
quienes resulten responsables. La querella es perfectamente viable, además de
necesaria.
En la medida que se desarrolle el proceso se irá rompiendo
además el muro del silencio levantado por aquellos a quienes no les conviene
que se sancione en tribunales una verdad conocida y que afecta directamente los
intereses de los sectores hasta ahora dominantes de la sociedad chilena.
Corresponde esperar que nada ni
nadie perturbe el avance de esta iniciativa procesal de los familiares de las
víctimas. ¿Seremos capaces los chilenos de llegar hasta el final? No será por
falta de empeño de los demócratas auténticos
rvergarah@entelchile.net
Publicación
Barómetro 04-02-13
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