Desde Panamá
23/Marzo/2013
LOS DERECHOS DE LA MUJER
TRABAJADORA Y LA REVOLUCIÓN BOLIVARIANA
Olmedo
Beluche
Lamentablemente,
la conmemoración del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, este 8 de marzo
de 2013, está asociada a los exequias del comandante presidente, de la
República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez. Justo es, por ello, que
dediquemos una reflexión a ambos acontecimientos. Partiendo por reconocer que la lucha por los
Derechos Humanos y la igualdad, formal y real, es una obra siempre en
construcción, y nadie puede jactarse de que ya ha llegado al objetivo pleno;
también hay que reconocer los enormes avances alcanzados en sus derechos por
las mujeres en general, y las trabajadoras en particular, bajo la Revolución
Bolivariana dirigida por Hugo Chávez Frías.
Mientras que
el feminismo liberal se queda en los márgenes de la proclamada "igualdad
de oportunidades", es decir, igualdad jurídica (formal) que no garantiza
la real igualdad social; el feminismo socialista se ocupa no sólo de la lucha
por la igualdad legal, sino por asegurar medidas efectivas que garanticen los
derechos humanos de las mujeres, en especial de las trabajadoras y las pobres,
quienes constituyen el grueso de la población femenina de nuestras sociedades.
No vamos a
detenernos en este debate sobre el que ya han escrito muchas compañeras de
mayor discernimiento; ni respecto del hecho de que el propio Día Internacional
de la Mujer Trabajadora se consagró a partir de la lucha de insignes
socialistas feministas como Clara Setkin o Rosa Luxemburgo; ni que fuera
justamente la conmemoración de un 8 de Marzo la que encendiera la chispa de la
Revolución Rusa de 1917, que inauguró el
Estado Soviético, el primero en consagrar una infinidad de derechos de las
mujeres que hoy consideramos "normales". Los Derechos Humanos y
Democráticos son más obra del movimiento obrero y socialista que del
liberalismo burgués.
Uno de los
mayores legados que deja la obra política del presidente socialista Hugo Chávez
es la Constitución Política de la República Bolivariana de Venezuela,
proclamada en 1999. En esa Constitución, la más progresista del continente
Americano, encontramos infinidad de derechos humanos, civiles, económicos y
sociales que benefician a todos los sectores sociales de ese país, en especial
a mujeres y grupos marginados (niños, jóvenes, indígenas, etc.) que no
encontramos en las constituciones de otros países de la región. Estudiar esa
constitución es estudiar el legado de Chávez.
De todos esos
derechos, queremos concentrarnos en uno que constituye una demanda central del
movimiento de mujeres en todo el mundo, incluyendo los países "desarrollados":
que se reconozca el trabajo del hogar como un trabajo social que, con justicia,
debiera ser remunerado. En la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, Título III, Capítulo V, artículo 88, leemos:
"Artículo
88. El Estado garantizará la igualdad y equidad de hombres y mujeres en el
ejercicio del derecho al trabajo. El Estado reconocerá el trabajo del hogar
como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar
social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad
con la ley".
Además de este
derecho formal, consagrado constitucionalmente, que las mujeres venezolanas
deberán luchar para que se materialice realmente. El presidente Chávez
implementó una amplia política social, conocida como las "Misiones",
que procuran garantizar una vida mejor y el acceso al bienestar social de los
sectores trabajadores y pobres de la sociedad venezolana, de las cuales se han
beneficiado obviamente las mujeres. Desde servicios de atención de salud
primaria en los barrios populares, pasando por subsidios y becas para estudio,
hasta la entrega de más de 200 mil viviendas completamente equipadas para
familias de escasos recursos. Todos los cuales han reducido notablemente los
índices de pobreza que, ya se sabe, afectan principalmente a las mujeres.
De todas las
Misiones cabe destacar hoy la llamada "Misión Hijos de Venezuela",
por el cual cada mujer en extrema pobreza o ingresos inferiores al salario
mínimo recibe Bs 430 (unos cien dólares) por hijo (hasta tres). Estos subsidios
abarcan a tres categorías: 1. Adolescentes embarazadas; 2. Mujeres adultas también en estado de gravidez, con niños a
partir de 0 años y jóvenes hasta 18 años; 3. Hijos con discapacidad sin límite
de edad, cuyos padres estén desempleados o perciban menos del salario mínimo
mensual.
Por otorgar
ayudas a las adolescentes pobres embarazadas, los sectores de la extrema
derecha acusaron injustamente al presidente Hugo Chávez de "promover los
embarazos". Irónicamente, los reaccionarios que dicen "defender la
vida" cuando las mujeres reclaman sus derechos reproductivos y sexuales, y
que luego las condenan al desamparo y el oprobio si salen madres adolescentes,
se niegan a apoyar el derecho humano de comer de cada niño y madre adolescente.
El socialismo
en general, y el socialismo del siglo XXI en particular, actúan de manera
distinta: garantizan constitucional y jurídicamente el derecho de la mujer a
informarse y decidir libremente sobre su cuerpo y sexualidad, pero, si decide
ser madre, no se la desampara ni condena moralmente, sino que el Estado la
apoya consecuentemente y no la abandona.
Socialismo y
feminismo están hermanados, por la historia y por la lucha. Y no se trata, como
han pretendido algunos stalinistas, de que "primero el socialismo y luego
los derechos de las mujeres". No hay, ni habrá, socialismo sin derechos
humanos y democráticos, entre ellos los de las mujeres. En esto tambien Hugo
Chávez deja un legado que nadie podrá borrar.
Algunos
artículos destacables de la Constitución Bolivariana:
Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela
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