Desde México
29/Julio/2013
Estragos de una Reforma Laboral y el Crimen Empresarial
Organizado
Emilio
Nahín Rojas Madero*
“Mi
vida por una mejor Nación”
“Jesús le
dijo: Porque me has visto, Tomás, has creído; bienaventurados los que no vieron
y creyeron”. –Juan 20:29–
“Está
probado que al borrego lo matan y ni cabrea. Lo comparo con el pueblo, cuando
sin luchar se deja llevar al matadero” –El Cabrero “Fandango”–
Obrero Mexicano: la
prensa nacional oficial ha callado la sobre elevada incrementación del desempleo
que está sufriendo tu país, para no manchar la imagen del gobierno de un
usurpador en la presidencia. Pero solo tú sabes que en la realidad las empresas
en las que laboras; han endurecido las sanciones administrativas hasta el
despido solo por olvidar tu gafete de trabajador. La gerencia provoca con dolo
la contradicción de tareas que te encomienda con la intención de despedirte. Y
las multan por algún error laboral, las ha duplicado o quintuplicado en su
valor. Pero aun no sabes porqué tus jefes inmediatos han arremetido de esa
manera contra ti; la clase obrera. Solo te dicen que son las nuevas
disposiciones de la empresa y te asustan con el hecho de que México ya se
maneja con las nuevas disposiciones normativas de la reforma laboral.
El hombre por
naturaleza, busca títulos que lo identifiquen de los demás y esto ha traído
grandes beneficios para los gobernantes; así si agreden al transportista,
maquinista, oficinista, profesionista, docente, campesino u obrero; por
separado, tú no luchas porque “no perteneces a ellos”. Error pues lo que
modificaron fue la ley laboral y ésta regula a “todos”, no solo a un sector
laboral. Mi estimado; aun cuando seas de primer o tercer nivel eres obrero,
eres empleado, eres trabajador. Por ello el día que se aprobó la reforma
laboral; tú no luchaste, porque no creíste que la ley te la aplicaran a ti. Y
hasta te comportaste muy egoísta; porque solo pensaste en tí ¿Y tus hijos, y
tus nietos? Has permitido que el gobierno usurpador convirtiera en esclavos a
tus descendientes; eres cómplice de ese crimen. ¡Es justo que pidas ayuda en
este momento!
Por otro lado
tenemos a un amplio sector de abogados laborista que están aletargados
llorándole a la pérdida de uno de sus más grandes negocios; pues ante el hecho
de que la nueva ley laboral hoy les impide aletargar los juicios laborales a no
más de un año, lo que siempre provocaban miles de abogados con fines de
enriquecimiento; hoy no han visto el jugoso negocio que está gestándose en éste
momento con el despido injustificado que las empresas están cometiendo,
creyendo que la reforma laboral al estar aprobada; ya legitima este otro
delito. ¿No han considerado el derecho de irretroactividad de la ley enmarcado
en el Artículo 14 constitucional? que a la letra expresa:
“A ninguna ley se
dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”.
Por lo que todo
trabajador que fue contratado antes de la reforma laboral; debe ser tratado
conforme a la ley laboral anterior. Así; ningún trabajador puede perder sus
derechos y prestaciones; ni su seguridad social. Tampoco los trabajadores de la
educación, pierden su derecho a traspasar la plaza a sus familiares; pero
¡preparen a sus hijos para que sean verdaderos maestros! Y si no tienen la
vocación, no los obliguen a ejercer algo que no les gusta, pues la educación no
debe ser vista como un negocio sino como un compromiso social. Esto aplicará
siempre y cuando el contrato colectivo de trabajo no haya sido modificado y si
el contrato colectivo de trabajo; se modificó sin el conocimiento y
consentimiento de ustedes; el cómplice en esta acción no es otro más que su
miserable sindicato al que tanto le rinden tributo.
Pues de acuerdo con
el derecho civil y laboral en materia de contratos; éste convenio es un
“acuerdo” de voluntades entre las partes: patrón y obrero. Por lo tanto; el
patrón o empleador no puede modificar el contrato colectivo, el contrato ley y
ni el contrato individual de trabajo sin el consentimiento del trabajador,
trabajadores o representantes sindicales. De acuerdo con la enciclopedia
jurídica:
“El contrato es un
acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos o más,
personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del
mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y
a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es
bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.”
“El Contrato
Laboral es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un
servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada
dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración”.
“Y el Contrato
Colectivo de Trabajo es convenio resultado de un acuerdo de voluntades; pero es
además, un contrato por el cual las partes se obligan recíprocamente a dar,
hacer o no hacer alguna cosa. Es un convenio acerca de las condiciones de
trabajo, en donde las obligaciones de las partes se limitan a incluir en las
cláusulas de los contratos individuales de trabajo que celebren las condiciones
pactadas en el contrato colectivo de trabajo.”
En conclusión: todo
aquel trabajador que haya firmado un convenio antes de la nueva ley laboral,
tiene derecho a ser tratado conforme lo establecía la anterior ley federal del
trabajo. El empleador sigue teniendo las mismas obligaciones y no puede hacer
uso de prácticas abusivas que provoquen la renuncia del trabajador o el despido
injustificado; hasta la siguiente generación de trabajadores que comenzó con
los nuevos contratos firmados a partir de Enero del 2013. Si las empresas están
cometiendo estos actos ilícitos es para despedir y recontratar o contratar al
personal bajo la garantía de dejar de tener con éstos las responsabilidades de
brindarles seguridad social.
Lo que también
silenció la televisión es que la nueva reforma laboral le quita funciones
vitales a dos instituciones, por las cuales es su razón de existir:
La primera es la
comisión tripartita de salarios mínimos; pues solo quedo de simulación, ya que
hoy es el congreso de la unión quien determina el monto salarial mínimo. La
reforma laboral trajo como consecuencia una reducción salarial; la cual de
manera muy inteligente paso de $62.00 pesos a $7.50 pesos por hora ¡Éste es el
verdadero salario mínimo! Es decir que si un trabajador labora 4 horas; solo le
pagaran $30.00pesos. Ya no existe el día salarial; sino la hora salarial y
quedará solo para engañar a tontos o cuando le convenga al empresario a la hora
de las indemnizaciones. Ahora los trabajadores tendrán que caminar para ir a
trabajar; pues pagar una hora salarial ($7.00 pesos) por el transporte público
o cuatro horas laboral ($30.00 pesos) por un taxi; no es rentable. Tomarse un
café le costará dos horas laborales y cinco por una cajetilla de cigarros.
¡Felicidades a los que votaron por el PRI, PAN y PRD en este 2013! Pues les
gusta que los sigan pisoteando.
Y la segunda
institución que perdió valor fue la sindical; pues con la reforma laboral se
devalúa el valor del contrato colectivo de trabajo, pues hoy los trabajadores
serán contratados únicamente de manera directa e individual. El contrato
colectivo de trabajo es la esencia fundamental del sindicalismo; con su
devaluación, dejan de ser necesarios los sindicatos. Y lo peor es que los
sindicatos aprobaron su propia extinción con la presente reforma laboral. Pero
eso no lo van a ver por ahora, hasta dentro de un año cuando Norteamérica se
declare abiertamente dueña de las herramientas de trabajo y de las empresas
mexicanas, pues EEUU es enemigo del sindicato. Si los sindicatos siguen
vigentes a pesar de que los trabajadores sean contratados de manera individual
simplemente declararan su verdadera naturaleza para la que fueron creados: el
feudalismo controlador y explotador de la clase trabajadora (vividores de
cuotas sindicales).
Por lo pronto a ti
trabajador; te recomiendo que guardes la calma, no estalles frente a las
provocaciones de tus jefes y gerentes inmediatos; hoy la indicación que les dio
el patrón, fue la de hacer uso de cualquier bajeza para provocar tu renuncia. Y
no te preocupen por que éste personaje también es empleado y será tratado como
hoy lo hace contigo. Cuando al patrón ya le sea un estorbo, una carga, una
responsabilidad más, entonces se convertirá en tu compañero de lucha. Pero por
favor ¡NO RENUNCIEN! Comparte esta información y deja de seguir a tu sindicato
si éste fue comparsa en la aprobación de la reforma laboral (SNTE, CTM, STPRM,
SNTIMP, SITATYR, entre otros). Y a ti amigo abogado; te invito a que uses estos
preceptos enmarcados en la constitución y en la ley federal del trabajo para
que defiendas a los trabajadores que hoy están siendo víctimas del crimen
empresarial organizado. Y si no te interesa tu compromiso social, hazlo por los
billetes que te va a dejar…
PD. ¡Feliz día del
abogado!
PPD. Y Felicidades
a los petistas que ganaron elecciones en este 2013; Solo cumplan con el 15% de
sus promesas de campaña, el resto de los gobiernos no llegan ni al 10%.
* Estudiante de
Posgrado en Derecho Laboral (UAG); Integrante de la Promotora Nacional Juvenil,
Ejecutivo Estatal y Coordinador Municipal (PT México), Miembro de la
Organización Internacional de Juristas en Derecho Laboral (Sede Nueva York).
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