ESTRAGOS DE UNA REFORMA LABORAL Y EL CRIMEN EMPRESARIAL ORGANIZADO - ENRM

Desde México
29/Julio/2013


Estragos de una Reforma Laboral y el Crimen Empresarial Organizado
Emilio Nahín Rojas Madero*
“Mi vida por una mejor Nación”

“Jesús le dijo: Porque me has visto, Tomás, has creído; bienaventurados los que no vieron y creyeron”. –Juan 20:29–

“Está probado que al borrego lo matan y ni cabrea. Lo comparo con el pueblo, cuando sin luchar se deja llevar al matadero” –El Cabrero “Fandango”–

Obrero Mexicano: la prensa nacional oficial ha callado la sobre elevada incrementación del desempleo que está sufriendo tu país, para no manchar la imagen del gobierno de un usurpador en la presidencia. Pero solo tú sabes que en la realidad las empresas en las que laboras; han endurecido las sanciones administrativas hasta el despido solo por olvidar tu gafete de trabajador. La gerencia provoca con dolo la contradicción de tareas que te encomienda con la intención de despedirte. Y las multan por algún error laboral, las ha duplicado o quintuplicado en su valor. Pero aun no sabes porqué tus jefes inmediatos han arremetido de esa manera contra ti; la clase obrera. Solo te dicen que son las nuevas disposiciones de la empresa y te asustan con el hecho de que México ya se maneja con las nuevas disposiciones normativas de la reforma laboral.

El hombre por naturaleza, busca títulos que lo identifiquen de los demás y esto ha traído grandes beneficios para los gobernantes; así si agreden al transportista, maquinista, oficinista, profesionista, docente, campesino u obrero; por separado, tú no luchas porque “no perteneces a ellos”. Error pues lo que modificaron fue la ley laboral y ésta regula a “todos”, no solo a un sector laboral. Mi estimado; aun cuando seas de primer o tercer nivel eres obrero, eres empleado, eres trabajador. Por ello el día que se aprobó la reforma laboral; tú no luchaste, porque no creíste que la ley te la aplicaran a ti. Y hasta te comportaste muy egoísta; porque solo pensaste en tí ¿Y tus hijos, y tus nietos? Has permitido que el gobierno usurpador convirtiera en esclavos a tus descendientes; eres cómplice de ese crimen. ¡Es justo que pidas ayuda en este momento!

Por otro lado tenemos a un amplio sector de abogados laborista que están aletargados llorándole a la pérdida de uno de sus más grandes negocios; pues ante el hecho de que la nueva ley laboral hoy les impide aletargar los juicios laborales a no más de un año, lo que siempre provocaban miles de abogados con fines de enriquecimiento; hoy no han visto el jugoso negocio que está gestándose en éste momento con el despido injustificado que las empresas están cometiendo, creyendo que la reforma laboral al estar aprobada; ya legitima este otro delito. ¿No han considerado el derecho de irretroactividad de la ley enmarcado en el Artículo 14 constitucional? que a la letra expresa:

“A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”.

Por lo que todo trabajador que fue contratado antes de la reforma laboral; debe ser tratado conforme a la ley laboral anterior. Así; ningún trabajador puede perder sus derechos y prestaciones; ni su seguridad social. Tampoco los trabajadores de la educación, pierden su derecho a traspasar la plaza a sus familiares; pero ¡preparen a sus hijos para que sean verdaderos maestros! Y si no tienen la vocación, no los obliguen a ejercer algo que no les gusta, pues la educación no debe ser vista como un negocio sino como un compromiso social. Esto aplicará siempre y cuando el contrato colectivo de trabajo no haya sido modificado y si el contrato colectivo de trabajo; se modificó sin el conocimiento y consentimiento de ustedes; el cómplice en esta acción no es otro más que su miserable sindicato al que tanto le rinden tributo.

Pues de acuerdo con el derecho civil y laboral en materia de contratos; éste convenio es un “acuerdo” de voluntades entre las partes: patrón y obrero. Por lo tanto; el patrón o empleador no puede modificar el contrato colectivo, el contrato ley y ni el contrato individual de trabajo sin el consentimiento del trabajador, trabajadores o representantes sindicales. De acuerdo con la enciclopedia jurídica:

“El contrato es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos o más, personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa, y a cuyo cumplimiento pueden compelerse de manera recíproca, si el contrato es bilateral, o compelerse una parte a la otra, si el contrato es unilateral.”

“El Contrato Laboral es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración”.

“Y el Contrato Colectivo de Trabajo es convenio resultado de un acuerdo de voluntades; pero es además, un contrato por el cual las partes se obligan recíprocamente a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Es un convenio acerca de las condiciones de trabajo, en donde las obligaciones de las partes se limitan a incluir en las cláusulas de los contratos individuales de trabajo que celebren las condiciones pactadas en el contrato colectivo de trabajo.”

En conclusión: todo aquel trabajador que haya firmado un convenio antes de la nueva ley laboral, tiene derecho a ser tratado conforme lo establecía la anterior ley federal del trabajo. El empleador sigue teniendo las mismas obligaciones y no puede hacer uso de prácticas abusivas que provoquen la renuncia del trabajador o el despido injustificado; hasta la siguiente generación de trabajadores que comenzó con los nuevos contratos firmados a partir de Enero del 2013. Si las empresas están cometiendo estos actos ilícitos es para despedir y recontratar o contratar al personal bajo la garantía de dejar de tener con éstos las responsabilidades de brindarles seguridad social. 

Lo que también silenció la televisión es que la nueva reforma laboral le quita funciones vitales a dos instituciones, por las cuales es su razón de existir:

La primera es la comisión tripartita de salarios mínimos; pues solo quedo de simulación, ya que hoy es el congreso de la unión quien determina el monto salarial mínimo. La reforma laboral trajo como consecuencia una reducción salarial; la cual de manera muy inteligente paso de $62.00 pesos a $7.50 pesos por hora ¡Éste es el verdadero salario mínimo! Es decir que si un trabajador labora 4 horas; solo le pagaran $30.00pesos. Ya no existe el día salarial; sino la hora salarial y quedará solo para engañar a tontos o cuando le convenga al empresario a la hora de las indemnizaciones. Ahora los trabajadores tendrán que caminar para ir a trabajar; pues pagar una hora salarial ($7.00 pesos) por el transporte público o cuatro horas laboral ($30.00 pesos) por un taxi; no es rentable. Tomarse un café le costará dos horas laborales y cinco por una cajetilla de cigarros. ¡Felicidades a los que votaron por el PRI, PAN y PRD en este 2013! Pues les gusta que los sigan pisoteando.

Y la segunda institución que perdió valor fue la sindical; pues con la reforma laboral se devalúa el valor del contrato colectivo de trabajo, pues hoy los trabajadores serán contratados únicamente de manera directa e individual. El contrato colectivo de trabajo es la esencia fundamental del sindicalismo; con su devaluación, dejan de ser necesarios los sindicatos. Y lo peor es que los sindicatos aprobaron su propia extinción con la presente reforma laboral. Pero eso no lo van a ver por ahora, hasta dentro de un año cuando Norteamérica se declare abiertamente dueña de las herramientas de trabajo y de las empresas mexicanas, pues EEUU es enemigo del sindicato. Si los sindicatos siguen vigentes a pesar de que los trabajadores sean contratados de manera individual simplemente declararan su verdadera naturaleza para la que fueron creados: el feudalismo controlador y explotador de la clase trabajadora (vividores de cuotas sindicales).

Por lo pronto a ti trabajador; te recomiendo que guardes la calma, no estalles frente a las provocaciones de tus jefes y gerentes inmediatos; hoy la indicación que les dio el patrón, fue la de hacer uso de cualquier bajeza para provocar tu renuncia. Y no te preocupen por que éste personaje también es empleado y será tratado como hoy lo hace contigo. Cuando al patrón ya le sea un estorbo, una carga, una responsabilidad más, entonces se convertirá en tu compañero de lucha. Pero por favor ¡NO RENUNCIEN! Comparte esta información y deja de seguir a tu sindicato si éste fue comparsa en la aprobación de la reforma laboral (SNTE, CTM, STPRM, SNTIMP, SITATYR, entre otros). Y a ti amigo abogado; te invito a que uses estos preceptos enmarcados en la constitución y en la ley federal del trabajo para que defiendas a los trabajadores que hoy están siendo víctimas del crimen empresarial organizado. Y si no te interesa tu compromiso social, hazlo por los billetes que te va a dejar…

PD. ¡Feliz día del abogado!

PPD. Y Felicidades a los petistas que ganaron elecciones en este 2013; Solo cumplan con el 15% de sus promesas de campaña, el resto de los gobiernos no llegan ni al 10%.


* Estudiante de Posgrado en Derecho Laboral (UAG); Integrante de la Promotora Nacional Juvenil, Ejecutivo Estatal y Coordinador Municipal (PT México), Miembro de la Organización Internacional de Juristas en Derecho Laboral (Sede Nueva York).

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